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Proponen tres días de incapacidad laboral por menstruación dolorosa

 

Los patrones estarían obligados a dar permiso a las mujeres que no puedan ir a su lugar de trabajo.

En una decisión que podría ser histórica, y que serviría como ejemplo a futuro para otros países en el mundo, el gobierno de España aprobaría una propuesta para que las mujeres tengan hasta tres días de incapacidad laboral por menstruación dolorosa. Desde hace muchos años, miles de mujeres han solicitado a los gobiernos que consideren esta exigencia ante la imposibilidad de acudir a su trabajo por los fuertes dolores durante el periodo menstrual.


Incapacidad laboral por menstruación

El gobierno de España daría incapacidad laboral a las mujeres durante tres días por menstruación dolorosa cuando esa circunstancia impida a las mujeres poder ir a su lugar de trabajo. La histórica moción aparece en el borrador de la nueva ley del aborto preparada por el Ministerio de Igualdad. Al momento, la posible incapacidad laboral por menstruación dolorosa ya está siendo discutida en el Ejecutivo y ha sido aplaudida por miles de personas a nivel mundial. A través de redes sociales, las mujeres han retomado la noticia para hacer un llamado de atención a las autoridades de cada uno de sus países.

¿Cómo funcionaría la nueva ley?

El borrador contempla la incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales para los casos de aborto y también para los de menstruaciones dolorosas que impidan la asistencia al centro de trabajo durante un máximo de tres días al mes que, en ciertos casos, podrían extenderse hasta cinco días. Otra de las ideas es que las embarazadas tengan derecho, a partir de la semana 36 de gestación y hasta que den a luz, a un permiso laboral retribuido y universal con el fin de proteger la salud materna, y que sea independiente al reconocido tras el nacimiento del bebé.

El proyecto legislativo, que el gobierno podría aprobar la próxima semana, garantizará la interrupción voluntaria del embarazo en la sanidad pública y acaba con la exigencia del consentimiento paterno para las jóvenes de 16 y 17 años. Actualmente, el aborto libre está autorizado en España hasta la semana 14 de gestación, y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto, siempre que, en este último caso, haya un dictamen de dos médicos especialistas distintos a los que practiquen la intervención. Si se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable del bebé, no hay límite de tiempo, y de acuerdo con la opinión de un comité clínico.

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